Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061055)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de cooperación educativa entre la Universidad de Extremadura y el Instituto de la Mujer de Extremadura.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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2. L
 a relación estudiante-entidad colaboradora no supondrá más compromiso para la entidad
que el estipulado en este convenio y en el mencionado Real Decreto, ni del mismo se derivará ningún tipo de relación contractual.
3. L
 as prácticas curriculares tendrán la duración establecida en la memoria verificada del Título, mientras que las extracurriculares, de carácter voluntario, no deberían superar el 50%
del curso académico, a fin de que el estudiante pueda compatibilizar las prácticas externas
con los estudios correspondientes en la Universidad. Para optar a cualquiera de estas dos
modalidades de prácticas, los estudiantes tendrán que estar matriculados en alguna de
las enseñanzas de la UEX o de sus Centros Adscritos, con preferencia para los que cursen
prácticas curriculares en caso de plazas limitadas. En virtud de la movilidad, a través de los
programas nacionales e internacionales específicos, también podrán acogerse a este convenio los estudiantes de otras universidades que se encuentren realizando estudios en la
UEX. Los estudiantes no podrán mantener ninguna vinculación contractual con la empresa
o institución en la que realicen las prácticas.
4. E
 l Instituto de la Mujer de Extremadura ofrecerá, anualmente, según sus posibilidades y
de acuerdo con el Centro correspondiente de la Universidad de Extremadura, un número
concreto de plazas.
5. L
 a Universidad de Extremadura propondrá un número determinado de estudiantes para
realizar las prácticas, de entre los que el Instituto de la Mujer de Extremadura seleccionará
aquéllos que, a su juicio, resulten más idóneos en función de las características del Departamento donde vayan a integrarse.
6. C
 on la finalidad de mantener actualizado, en todo momento, el registro de estudiantes participantes en el presente Convenio, el Instituto de la Mujer de Extremadura comunicará a la
Universidad de Extremadura cualquier alta y baja de estudiantes acogidos a este convenio,
así como cualquier incidencia destacable.
7. L
 os estudiantes en prácticas se regirán por los derechos y deberes enumerados en el artículo 9 del RD 592/2014.
8. S
 e nombrará un tutor profesional de la entidad colaboradora y otro académico de la Universidad de Extremadura, con las funciones, derechos y deberes que se recogen en los
artículos 10, 11 y 12 del mencionado Real Decreto. La Universidad reconocerá y certificará
la labor desarrollada por la empresa como entidad colaboradora, así como a sus tutores.
9. A
 l finalizar las prácticas, el tutor de la entidad colaboradora deberá emitir un informe final
al Centro correspondiente y, si procede o así se acuerda, un informe intermedio, con mención expresa a las competencias genéricas y específicas del proyecto formativo.