Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2024061059)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2024, destinadas a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos
referidos en el artículo 16.4.a) de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Las solicitudes se atenderán por riguroso orden de entrada en función de la fecha de
registro. Si la solicitud recibida presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá a
la entidad interesada para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe la
documentación que se determine, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá
por desistido de su solicitud, previa resolución expresa del Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Ordenación e instrucción y resolución del procedimiento de concesión de
subvenciones y plazo para la notificación de la resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Dirección
General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud, que realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. L
 a composición de la Comisión de Valoración será la que sigue:
— Presidencia: Directora General de Salud Pública del SES y Secretaria Técnica de Adiciones, como suplente.
— Vocalías:


D.ª Nerea Sánchez Serrano, Titulado Superior-Especialidad Medicina,

D. José A. Santos Cansado y D.ª Antonia Gallardo Becerra, Titulados Superiores, Especialidad Psicología; y


D.ª Guadalupe Llera Alonso -Especialidad Trabajo Social.

— Secretaría: D.ª Justa González Mendo personal funcionario de la Secretaría Técnica de
Adicciones, con voz, pero sin voto.
A la Comisión de Valoración le será de aplicación lo previsto en los apartados 2 y 3 del
artículo 8, del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, y el funcionamiento de la comisión se
regirá por lo dispuesto en la normativa aplicable a los órganos colegiados, en concreto en
los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del
Sector Público.