Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064381)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villar del Rey, en el término municipal de Villar del Rey (Badajoz).
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Lunes 25 de marzo de 2024

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por la actividad. Asimismo, se procederá a la retirada de los materiales y equipos instalados (cerramientos, soleras, contenedores, etc.), así como de los residuos que se hayan
generado o se encuentren almacenados una vez tratados, que se entregarán a gestor
autorizado según su tipología. No deberá quedar en la zona de actuación ningún hueco
ni montoneras de material.
f. M
 edidas complementarias.
• Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad y
sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.
• El cerramiento de la instalación: se estará a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3
de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y
reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
• Cualquier modificación del proyecto será comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad, de acuerdo al artículo 89 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Para las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el vertido
de aguas residuales, se deberá contar con la correspondiente autorización administrativa
de la Confederación Hidrográfica competente conforme a las disposiciones vigentes. El
promotor, una vez realizada la obra y antes de su puesta en explotación, debería remitir
a la Comisaría de Aguas de este organismo de cuenca la pertinente solicitud de inscripción del aprovechamiento en el Registro de Aguas.
• Las afecciones, si las hubiera, sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, montes
de utilidad pública, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes
deberán contar con los permisos de ocupación y autorizaciones pertinentes, garantizándose su adecuado funcionamiento y estado durante toda la duración de la actividad. Se
deberá mantener una distancia de seguridad suficiente con los cauces, los caminos y las
infraestructuras existentes.
• Como medida preventiva frente a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, si durante la ejecución del proyecto se hallasen restos u objetos con valor arqueológico y/o etnológico, el promotor y/o la dirección facultativa paralizarán inmediatamente los
trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán
su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Dirección General de Bibliotecas y Patrimonio Cultural, conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley 2/1999,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.