Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064381)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villar del Rey, en el término municipal de Villar del Rey (Badajoz).
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Lunes 25 de marzo de 2024

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• Para todas las medidas en fase operativa relativas a emisiones a la atmósfera, residuos,
vertidos, contaminación lumínica y contaminación acústica, se atenderá a lo establecido
en el condicionado de la autorización ambiental unificada.
d. M
 edidas de integración paisajística.
• Se realizarán plantaciones en aquellas zonas donde la densidad de arbolado es menor,
implantando especies arbóreas y/o arbustivas autóctonas a fin de minimizar el impacto
paisajístico.
• Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero
certificado.
• Se asegurará el éxito de la plantación, para lo cual se realizará un mantenimiento adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán los
oportunos riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.
• La instalación tendrá una pantalla vegetal perimetral que la oculte. Estará formada por
dos filas de pies de especies autóctonas de matorral separados 1 m. Se realizarán las
labores necesarias para que la pantalla haga su función adecuadamente durante toda la
vida de la explotación (reposición de pies secos, riego, podas, tratamientos fitosanitarios, desbroces, etc.).
• Cualquier posible reforestación y/o restauración del terreno mediante plantaciones, así
como cualquier actuación de ajardinamiento deberá realizarse con especies autóctonas,
de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se
regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. A continuación, se describen
al objeto de conocerlas: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/especies exoticasinvasoras/ ce_eei_flora.aspx
e. Plan de restauración.
• En caso de no finalizar las obras, se procederá al derribo de las mismas con la maquinaria
adecuada, y a dejar el terreno en las condiciones en las que estaba anteriormente.
• Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra distinta, deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas
para el nuevo aprovechamiento.
• Una vez finalizada la actividad se dejará el terreno en las condiciones en las que estaba
inicialmente, devolviéndole su uso anterior. Se procederá a la restitución del suelo vegetal, el acondicionamiento topográfico y la rehabilitación de todos los terrenos afectados