Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064381)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villar del Rey, en el término municipal de Villar del Rey (Badajoz).
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NÚMERO 59
Lunes 25 de marzo de 2024



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–D
 e la documentación aportada (Autorización ambiental unificada para un centro de
gestión de residuos”, redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola, D Juan José Mayo
Maya, en noviembre de 2022), no se especifica la situación de las instalaciones con
respecto a la carretera de titularidad de esta Administración para así cumplir con lo
señalado en el artículo 29.1 de la actualmente en vigor Ley 7/1995, de 27 de abril, de
carreteras de Extremadura, situándose a una distancia superior a la establecida como
límite de edificación de las carreteras de esta Comunidad Autónoma de Extremadura
y que no sean de titularidad estatal, situándose dicho límite en 25 metros del borde
exterior de la calzada más cercano de la carretera.



–E
 n cuanto al acceso, no podemos emitir informe ya que en la documentación presentada no aporta datos suficientes que expliquen la actividad a desarrollar y el tráfico
generado por la misma en cuanto a intensidad y tipología de los vehículos que accederán. Se les informa que, para acceder a las instalaciones y actividades previstas,
y puesto que la zona de implantación se encuentra comunicada mediante un acceso
situado en el pk 10+495 desde la carretera autonómica EX-325, no procede la creación de un nuevo acceso desde la carretera EX-325, sino que se deberá determinar el
punto de acceso a las instalaciones de entre los ya existentes para llegar a la zona en
cuestión.



–D
 e acuerdo con lo indicado en el punto anterior, caso de pretender acceder desde la
carretera EX-325 desde el acceso ya existente, y puesto que la nueva actividad supone un cambio de uso del acceso que influirá negativamente en la seguridad vial al
incrementarse el tráfico tanto del acceso como de la carretera, la solución que se le
dará al acceso deberá tener en cuenta el tráfico ya existente de otras actividades a
las que se accede por él y el de la nueva para la que se solicita el informe.



–A
 sí pues, le comunicamos que para poder emitir el informe sectorial será necesario que soliciten y legalicen previamente el acondicionamiento y cambio de uso del
acceso elegido. Para ello deberán presentar en esta Sección de Conservación y Explotación de Carreteras de Badajoz, un Proyecto de acondicionamiento y cambio de
uso del acceso firmado por técnico competente, Ingeniero de Caminos, Canales y
Puertos, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, especialidad de Construcciones Civiles
o Ingeniero Civil. El mencionado documento deberá cumplir con la normativa técnica
de carácter general que le sea aplicable y en concreto, se ajustará a las prescripciones
contenidas en la Instrucción de carreteras, Norma 3.1–IC de trazado, aprobada por
Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero, y a la Orden Ministerial de 16 de diciembre
de 1997 de “Accesos, vías de servicio y construcciones de instalación de servicio de
carreteras”, en lo que no se oponga a la anterior.