Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agrupación De Defensa Sanitaria. Subvenciones. (2024050045)
Orden de 20 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 59

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Lunes 25 de marzo de 2024

Artículo 15. Financiación.
Las diferentes convocatorias anuales indicarán la fuente de financiación de las subvenciones y las disponibilidades presupuestarias iniciales sobre las que se podrán conceder las
subvenciones.
No obstante lo anterior, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, estas cantidades
podrán incrementarse hasta un 20% de la cuantía asignada a la convocatoria como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido
aprobados antes de resolver la concesión de las ayudas, todo ello de conformidad con el apartado h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Disposición derogatoria única. Derogatoria normativa.
Con la entrada en vigor de la presente orden queda sin efecto el régimen de ayudas contenido
en la Orden de 27 de marzo del 2020, modificada por Orden de 23 de marzo de 2021, por la
que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa
Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta a la Secretaría General de la Consejería competente en materia de ganadería para
dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas actos y resoluciones resulten necesarias
para aplicación y ejecución de esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 20 de marzo de 2024.
La Consejera,
MERCEDES MORÁN ÁLVAREZ

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