Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2024061058)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de programas de intervención en conductas adictivas desarrollados por organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el ejercicio 2024.
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Viernes 22 de marzo de 2024

se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño
de Salud.
Décimo tercero. Solicitud de modificación del programa subvencionado.
Se autorizarán únicamente modificaciones del programa subvencionado cuando se trate de
circunstancias sobrevenidas que introduzcan mejoras, variaciones o adaptaciones de los elementos no esenciales de la ejecución de la actividad o proyecto subvencionado. Se consideran
elementos esenciales todos aquellos que hayan sido valorados conforme a los criterios objetivos tenidos en cuenta para su concesión.
Las circunstancias que puedan dar lugar a la modificación del programa deberán ser comunicadas por la beneficiaria a la Dirección General de Salud Pública tan pronto como se conozcan
y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Dichas modificaciones implicarán la modificación de la propia resolución de concesión y
podrán suponer la reducción de la cuantía de la subvención concedida y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente.
Décimo cuarto. Eficacia y recurso.
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y la del
extracto al que se refiere el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución de convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales o ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 18 de marzo de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL