Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061010)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y el Ayuntamiento de Herreruela para la creación de una escuela infantil.
6 páginas totales
Página
NÚMERO 58

17066

Viernes 22 de marzo de 2024

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y
FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL
AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA PARA LA CREACIÓN DE
UNA ESCUELA INFANTIL
Mérida, 28 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación,
Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada
por Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 20 de julio), en el
ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D.ª Gloria Romero Cotrina, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Herreruela, en virtud de lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La celebración del presente Convenio ha sido autorizada por el pleno del Ayuntamiento de
Herreruela con fecha 6 de febrero de 2024.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente Convenio, y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma de
Extremadura la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en
toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen
de organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de
interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre (DOE núm. 149, de 21 de diciembre),
se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria.
Segundo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación contempla la Educación
Infantil como la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el
nacimiento hasta los seis años de edad, ordenándose en dos ciclos: el primero comprende
hasta los 3 años y el segundo desde los tres a los seis años de edad.