Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061006)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria.
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NÚMERO 58
Viernes 22 de marzo de 2024

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no remuneradas, así como todos aquellos costes que deriven de esta obligación. Salvo las
no comprendidas en el ámbito de aplicación de esta disposición incluidas en el punto 11
de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social modificado por el Artículo 80 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27
de diciembre: personas que durante la realización de las prácticas a las que se refiere el
apartado 1 figuren en alta en cualquiera de los regímenes del sistema de Seguridad Social
por el desempeño de otra actividad, en situación asimilada a la de alta con obligación de
cotizar, o durante la cual el periodo tenga la consideración de cotizado a efectos de prestaciones, o tengan la condición de pensionistas de jubilación o de incapacidad permanente de
la Seguridad Social, tanto en su la modalidad contributiva como no contributiva.
La situación asimilada regulada en esta disposición adicional no afectará al derecho a la percepción de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social. Asimismo, dicha inclusión
no dará lugar a la modificación del título por el que se tuviera derecho a la prestación por
asistencia sanitaria salvo la asistencia sanitaria derivada de contingencias profesionales.
Las prácticas extracurriculares no remuneradas se verán sujeta a la reglamentación que se
desarrollará al respecto, donde se especificarán las características de esta oferta, número
de plazas, plazos de solicitud, requisitos, etc.
A los efectos contemplados en este Convenio, para la realización de estas prácticas, tendrá
prioridad el alumnado que curse los estudios en el Grado de Educación Infantil y Grado de
Educación Primaria en la Universidad de Extremadura, a cualquier otra Universidad.
La Universidad de Extremadura podrá contar, entre otros, con profesorado de Educación
Infantil o Educación Primaria para cubrir las necesidades docentes que puedan existir en
la parte académica de las titulaciones de Grado, en calidad de profesorado asociado. En
su caso, las convocatorias correspondientes atenderán, dentro de los límites marcados
por la normativa de contratación de la Universidad de Extremadura, a méritos referidos
a experiencia docente y tutorial, participación en proyectos de innovación e investigación
educativa, tesis doctoral, docencia en formación inicial y permanente del profesorado, y
experiencia laboral en la Administración Educativa.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional facilitará a los equipos docentes de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria
de documentación relativa a las características y situación del sistema educativo de Extremadura, así como al desarrollo de los distintos planes y programas educativos de carácter
institucional en los centros educativos.
La Universidad de Extremadura y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional potenciarán una colaboración estable entre los centros de formación en prácticas y los