Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060993)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío de 13,90 hectáreas de olivar, en el término municipal de Mérida, cuyo promotor es Ventura Martínez Preciado. Expte.: IA21/1789.
18 páginas totales
Página
NÚMERO 55
Martes 19 de marzo de 2024

16555

El Servicio de Ordenación del Territorio de la extinta Dirección General de Urbanismo y
Ordenación del Territorio informa que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni
Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva. Asimismo, no se detecta afección
sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación
territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21
de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor
desde el 27 de junio de 2019. Si bien, actualmente se halla en redacción, por resolución
de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Política Agraria y Territorio, de 15 de febrero
de 2023, el Plan Territorial de Mérida y municipios de su entorno, el cual deberá adaptarse
a las disposiciones de la Ley 11/2018 según establece su disposición transitoria primera,
ámbito territorial en el que se incluyen el término municipal de Mérida y que establecerá
una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente.
El Servicio de Regadíos de la extinta Secretaría General de Población y Desarrollo Rural
emite informe en el que comunica que, la transformación objeto de la concesión no está
condicionada ni afecta a ninguna actuación oficial en materia de regadíos. También comunica que, se estima viable la concesión de aguas públicas subterráneas para el uso y
características planteadas en el proyecto.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas emite informe a los efectos
de Informe de Afección a Red Natura 2000, con la consideración de informe de evaluación
de las repercusiones que pueda producir un determinado proyecto, actuación, plan o programa directa o indirectamente sobre uno o varios espacios de la Red Natura 2000, y en
concreto sobre los hábitats o especies que hayan motivado su designación o declaración,
atendiendo a lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de
mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora
silvestres, y en base al Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura e Informe de Afección a Biodiversidad, como
valoración ambiental de proyectos, actividades, planes y programas en lo relativo a especies protegidas y hábitats protegidos fuera de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura,
conforme a lo establecido en los Planes de Recuperación, Conservación del Hábitat y Conservación de determinadas especies de flora y fauna vigentes en la Comunidad Autónoma
de Extremadura, a lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad, y atendiendo a los objetivos de la Directiva 92/43/CEE del
Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y
de la fauna y flora silvestres y en la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres,