Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060988)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina, titularidad de Valle Blanco, CB, en el término municipal de Fuente de Cantos, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 54
Lunes 18 de marzo de 2024

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Con fecha 19 de septiembre de 2023 el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de explotación porcina y el resto
de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. El promotor manifiesta su conformidad y se compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación para el
proyecto, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa propuesta
en base a diversos criterios, entre los que está el ambiental.
Alternativas de emplazamiento:


• Alternativa cero (descartada): Consistiría en el mantenimiento de la situación actual
de la finca, sin proceder a la instalación de la explotación porcina. En este caso, la
propiedad de la finca se encontraría con la imposibilidad de obtener rentas de la producción, limitando el potencial del inmueble, cuyas características geomorfológicas no
son las más idóneas para destinarla a la actividad agrícola.



• La alternativa 1: Esta alternativa, que es objeto del proyecto, consiste en la instalación de la explotación porcina en la ubicación propuesta, concretamente en terrenos
improductivos sin afectar a la actividad agrícola complementaria de la finca. En esta
ubicación se respeta la normativa urbanística, medioambiental y sectorial vigentes, y
favorece la operatividad del trabajo diario por su distancia a los accesos de la finca y
entre las construcciones proyectadas y demás instalaciones.



• La alternativa 2: Consistiría en ubicar la instalación en una finca distinta que, a pesar
de ser medioambientalmente viable, es menos apta ya que implicaría la creación de
un nuevo núcleo de producción, puesto que la finca donde se ubica cuenta con un
registro porcino preexistente.