Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
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NÚMERO 53
Viernes 15 de marzo de 2024

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Así como, dentro de la Red de Espacios Naturales Protegidos denominado Corredor
Ecológico y de Biodiversidad “Entorno de los Pinares del Tiétar” (Decreto 63/2003, de 8
de mayo, por el que se declara al "Entorno de los Pinares del Tiétar" Corredor Ecológico
y de Biodiversidad. DOE 55, publicado el 13 de mayo de 2003). La inclusión en la Red
de Espacios Naturales Protegidos para la actividad solicitada precisa de Autorización de
Usos en Espacios Naturales Protegidos a solicitar por el promotor, conforme a la Ley
8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de
Extremadura.
El instrumento de gestión de aplicación es el Plan Director de Red Natura 2000 (anexo
II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea
Natura 2000 en Extremadura).
Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan
en:


— Zona de Alto Interés (ZAI01) “Río Tiétar y afluentes de la margen izquierda”. Superficie incluida en esta zonificación por los elementos clave comunidad de aves
forestales, hábitats ribereños y comunidad de odonatos. En esta zona se halla la
toma de agua.



— Zona de Interés (ZI) “Cultivos del Tiétar”. Engloba la totalidad de los terrenos
agrícolas incluidos en el espacio Natura 2000, así como los pastizales y dehesas
adyacentes a los afluentes del río Tiétar por su margen izquierda.

Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:


— Comunidad de aves forestales (cigüeña negra, halcón abejero, alcotán, milano
negro, aguililla calzada). Elemento clave en la designación del espacio Red Natura
2000, presenta poblaciones de relevancia, siendo el principal valor por el que ha
sido designada la ZEPA, estando asociada principalmente al bosque de ribera y los
pinares.



— Comunidad piscícola en el río Tiétar, destacando la boga de río (Pseudochondrostoma polylepis), el calandino (Rutilus alburnoides) y la colmilleja (Cobitis
paludica), todos ellos incluidos en el anexo II de la Directiva Hábitats (Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los
hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres).