Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
31 páginas totales
Página
NÚMERO 53
Viernes 15 de marzo de 2024

16074

Con fecha 27 de diciembre de 2022, el promotor remite una nueva versión del estudio de
impacto ambiental y manifiesta su conformidad con las medidas propuestas en los informes sectoriales recibidos en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
de las Administraciones Públicas afectadas recibidos, manifestando su conformidad con las
indicaciones incluidas en los informes recibidos que figuran en el apartado B.
Durante el análisis técnico del expediente, el órgano ambiental consideró que no disponía
de elementos de juicio suficientes para poder realizar la evaluación de impacto ambiental,
por lo que, con fecha 16 de diciembre de 2022, se solicita a la CHT que se pronuncie sobre
la compatibilidad del proyecto de referencia con la planificación hidrológica, según lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Con fecha 30 de enero de 2023, desde el Servicio de Estudios Medioambientales de la Confederación Hidrográfica del Tajo, responden indicando que únicamente procede informar
que la solicitud de concesión se encuentra en estado de tramitación en ese Organismo, con
expediente de referencia C-0243/2020.
Vista la respuesta recibida, con fecha 10 de marzo de 2023, este órgano ambiental solicita
a la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Tajo que se
pronuncie sobre la compatibilidad del proyecto de referencia con la planificación hidrológica, reiterando la citada solicitud con fecha 20 de junio de 2023.
Finalmente, con fecha 27 de noviembre de 2023, la CHT remite informe ampliando el ya
emitido y resumido en el apartado B.2 de la presente declaración de impacto ambiental,
así como copia de informe y ratificación de la Oficina de Planificación Hidrológica del Tajo,
emitidos con fechas 18/10/2021 y 06/07/2023 respectivamente, pronunciándose sobre la
compatibilidad con el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Tajo en los que
concluye, una vez expuestos datos y consideraciones a tener en cuenta, que el aprovechamiento solicitado será compatible con las previsiones del vigente Plan Hidrológico, siempre
que se cumplan las siguientes condiciones:
— El aprovechamiento deberá limitarse a un volumen máximo anual de 867.321,9 m3 destinados al riego de 146,87 ha de tabaco y maíz.