Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060971)
Resolución de 2 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Instalación de unidad de suministro de combustible ubicada en avenida Circunvalación, 82. Término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz)", cuya promotora es Inversiones Pozo Nuevo, SL. Expte.: IA23/1028.
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NÚMERO 53
Viernes 15 de marzo de 2024

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El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de
Sostenibilidad informa que la actuación no se encuentra dentro de los límites de ningún
espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable
a los mismos o a sus valores ambientales.
— La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, Sección
de Vías Pecuarias, informa que el proyecto no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias
clasificadas en el citado término municipal.
— La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa:


• Servicio de Urbanismo: en el término municipal de Zalamea de la Serena se encuentra actualmente vigente el Plan General Municipal de Zalamea de la Serena aprobado
definitivamente por Resolución de 19 de mayo de 2011, de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicado en el DOE n.º 249, de 30 de
diciembre de 2011. En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164
de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde al municipio de Zalamea de la Serena realizar el
control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de
control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a
las normas de planeamiento y al resto de legislación aplicable. La actuación pretendida recogida en el proyecto, al ubicarse en suelo urbano, no requiere de la previa
calificación rústica prevista en el artículo 69 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre,
de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, sin que corresponda a esta Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
resolver la petición emitiendo un informe o consulta sectorial al respecto.



• Servicio de Ordenación del Territorio: la ubicación del proyecto de suministro de combustible se encuentra en suelo clasificado como suelo urbano en el PGM de Zalamea
de la Serena, por lo que dicho ámbito se encuentra fuera de la regulación del Plan
Territorial de La Serena.

— Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, no tiene competencias en dichos terrenos, al
no tener actualmente la consideración de monte o terreno forestal, en base a la legislación vigente.