Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060880)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de almacenamiento de RCD, cuya titular es Reciclados Extremeños, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 52
Jueves 14 de marzo de 2024

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h) E
 n la zona de descarga y triaje podrán requerirse otras medidas adicionales, como por
ejemplo poner cubiertas en las citadas zonas, como medidas correctoras, en caso de no
ser suficientes las medidas propuestas para evitar el polvo y los volados a las parcelas
colindantes. Estas medidas podrán imponerse en otras zonas de la instalación en caso
de observarse emisión de polvo en las mismas.
3. A
 demás, en caso de que derivasen problemas asociados a la generación de olores la Dirección General de Sostenibilidad podrá requerir al titular de la instalación la realización de
muestreos y análisis de concentración de olor mediante olfatometría dinámica, u otra técnica que cuente con análogo reconocimiento técnico; así como la implementación de medidas correctoras para evitar molestias por olores debidas al funcionamiento de la planta.
4. T
 odos los residuos que puedan descomponerse generando olores o puedan generar olores
por otros motivos, deberán estar almacenados en contenedores cerrados para evitar la
generación de olores.
5. L
 os acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
6. L
 as emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. N
 o se autoriza la generación de vertidos de aguas residuales de ningún tipo por parte de
la actividad. Esto incluye los lixiviados que puedan producirse por percolación del agua de
lluvia en los residuos almacenados.
2. E
 n la zona de recepción, triaje, almacenamiento (LER17 09 04), que se realiza sobre suelo
hormigonado, se dispondrá de una zanja de drenaje en el perímetro de la plataforma hormigonada para la recogida de aguas pluviales y posibles vertidos. Estas aguas pasarán por
un separador de hidrocarburos con decantador. Periódicamente, al menos cada seis meses,
los lodos de este equipo serán retirados por gestor autorizado.
Tras el separador de hidrocarburos las aguas residuales se recogerán en una balsa de evaporación impermeabilizada . Periódicamente se limpiará esta balsa con medios apropiados
y los lodos resultantes de esta limpieza serán retirados por un gestor autorizado.
3. L
 os residuos de cualquier tipología que puedan generar lixiviados se almacenaran en solera hormigonada o en contenedores cerrados e impermeables. Esto se aplica a todos los
residuos que se almacenen excepto aquellos (correspondientes a los códigos LER 17 01