Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060886)
Resolución de 2 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 1/2023 de las Normas Subsidiarias de Calamonte. Expte.: IA23/278.
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NÚMERO 52

15771

Jueves 14 de marzo de 2024

LISTADO DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

D.G. de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

X

D.G. de Salud Pública

-

Ayuntamiento de Mérida

X

ADENEX

-

Sociedad Española de Ornitología

-

Ecologistas en Acción

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Ecologistas Extremadura

-

AMUS

-

GREENPEACE

-

El resultado de las contestaciones de las distintas Administraciones públicas afectadas y
personas interesadas se resume a continuación:
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el suelo no
urbanizable afectado por la modificación puntual se encuentra parcialmente incluido en
el espacio perteneciente a la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Sierras Centrales y Embalse de Alange”, concretamente
en Zona de Interés conforme a su Plan de Gestión. Los valores naturales reconocidos
en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son: Hábitats de Interés Comunitario (Dehesas perennifolias de Quercus spp.), y avifauna (Milano negro). Según los
datos de que dispone el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas,
una pequeña parte de la superficie objeto de modificación está incluida en la zona ZEPA
“Sierras Centrales y Embalse de Alange”, aproximadamente 5.500 m2 de esta superficie.
Asimismo, parte del ámbito de actuación, está catalogada como “Área de Distribución”
del Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) y “Zona Crítica” para el Lince Ibérico (Lynx
pardinus), según los planes de dichas especies. A pesar de localizarse en zona crítica de
lince, no existen datos constatados de presencia de ejemplares en el término municipal. Dado que en los alrededores de la zona de actuación existe continuidad del hábitat
“Dehesas perennifolias de Quercus spp” y que la superficie incluida en la ZEPA apenas