Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024060968)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
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NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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Tercero. Se han presentado para la financiación de los programas de interés general al amparo de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, un total de 120 entidades solicitantes
y 228 programas de interés general, solicitando 17.466.489,35 €. Dichas solicitudes se han
tramitado por la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, como
órgano instructor del procedimiento.
Cuarto. El órgano instructor ha solicitado los informes previos de valoración de programa de
interés general previstos en el artículo 7 del Decreto 188/2018, de 13 de noviembre. Habiéndose emitido dichos informes por la Presidencia a través del Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX), por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes a través del Instituto
de la Juventud de Extremadura, y por la Consejería de Salud y Servicios Sociales a través
del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),
Dirección General Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud y Secretaría General de
Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, como órganos administrativos de la Junta de
Extremadura competentes por razón de la materia en función del programa para la que se
solicita la subvención, y en que han informado sobre la adecuación del programa solicitado a
la normativa general de aplicación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y, en especial, a los requisitos y criterios objetivos de otorgamiento de la subvención establecidos en el citado decreto.
Quinto. Cumplidos los trámites de subsanación de las solicitudes presentadas y emitidos los
citados informes de preevaluación de solicitudes, con fecha de 4 de diciembre de 2023 se
constituyó la Comisión de Valoración para la evaluación de las solicitudes de acuerdo con los
criterios objetivos de otorgamiento de la subvención, según prevé el artículo 7 del Decreto
188/2018, de 13 de noviembre. Dicha comisión se ha reunido el día 4 de diciembre de 2023,
el 11 de enero de 2024 y los días de 14 y 16 de febrero de 2024, emitiendo el 22 de febrero
de 2024 Informe de resultado de la evaluación efectuada, según establece el artículo 8 del
citado decreto.
Sexto. En el informe de evaluación de la Comisión de Valoración de 22 de febrero de 2024,
y según el resultado acordado en las sesiones de 14 y 16 de febrero de 2024 de la comisión,
en el que se detalla, entre otros aspectos, los siguientes datos:
1. L
 as entidades que se relacionan en el anexo I “Relación de entidades beneficiarias“ corresponden a aquellas solicitudes de programas de interés general que cumpliendo los requisitos exigidos y demás condiciones establecidas para obtener la condición de beneficiario,
obtienen una puntuación suficiente para ser propuestas como beneficiarias de concesión de
estas subvenciones, en función del crédito establecido en la convocatoria, ordenadas por
puntuación otorgada con indicación de los programas de interés general objeto de subvención y la cuantía de la subvención otorgable.