Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024060882)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la Empresa "Estación ITV Vega Baja, SA".
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NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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CONVENIO COLECTIVO ESTACIÓN ITV VEGA BAJA, SA, PARA EL
DESARROLLO DE SU ACTIVIDAD DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS
EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
TÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Comisión negociadora.
El presente Convenio colectivo tiene por objeto regular las relaciones laborales y sociales
entre la empresa Estación ITV Vega Baja, SA, y sus empleados en Comunidad Autónoma de
Extremadura, y ha sido acordado, de una parte, por la Dirección de la empresa, y de otra, por
la representación de los trabajadores de la empresa en Extremadura.
La Comisión Negociadora está formada:
1. P
 or la Empresa: Tres representantes nombrados por la misma.
2. Por los Trabajadores: Tres representantes nombrados, de entre los delegados de personal,
por los propios delegados de personal de cada uno de los distintos Centros de Trabajo que
la empresa tiene en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Ámbito.
Ámbito territorial: Este Convenio es de aplicación a todos los centros de trabajo que la empresa Estación ITV Vega Baja, SA, posea en la Comunidad Autónoma de Extremadura, destinados
a la inspección técnica de vehículos, en virtud, tanto de los contratos concesionales suscritos
con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura y/o de acuerdo con la legislación
vigente en dicha materia.
Se entiende por centro de trabajo la estación de inspección técnica de vehículos que se conceptúa con el carácter de fija. No se considerarán centros de trabajo las UMAS (Unidades Móviles Agrícolas) y las estaciones móviles para inspección de vehículos ligeros las cuales están
adscritas a las estaciones fijas asignadas por la empresa; así como las autorizadas tras el
contrato concesional por la Administración con ubicación fija pero catalogadas como estación
móvil, al estar adscritas a una estación fija.
Ámbito personal o funcional: El presente Convenio afecta a todo el personal de Estación ITV
Vega Baja, SA, en esta Comunidad Autónoma, con excepción de la Dirección General, los Directores con facultades de representación mercantil, la Dirección Técnica para esta Comunidad
Autónoma y aquellas otras personas con las que exista un acuerdo escrito de no afectación,
así como los supuestos regulados en los artículos 1.3º y 2 del Estatuto de los Trabajadores.