Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0022)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Calamonte.
230 páginas totales
Página
NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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Condiciones Higiénicas Sanitarias: Las construcciones o edificaciones deberán
contar con fosa séptica, o cualquier otro sistema autónomo de depuración de
aguas residuales reconocido, no autorizándose los pozos ciegos ni los vertidos
directos a cauces o láminas de agua.
Condiciones Estéticas de Composición: Los espacios cubiertos y no cerrados perimetralmente computarán a efectos de ocupación. Se prohíben las obras de pavimentación en más de un 2% de la superficie de la parcela.
VIV. UNIFAM.VINCULADA A UNA
EXPL. AGRÍCOLA,
GANADERA, FORESTAL, CINEGÉTICA O ANÁLOGA.

Parcela Mínima: Unidad rústica apta para la edificación (U.R.A.E): La requerida
como Unidad Mínima de Cultivo que en ningún caso será inferior a 1,5 Has.
Retranqueo a Linderos: 5 m. 15 metros a ejes de caminos
Ocupación Máxima: 2 % de la superficie.
Número de Plantas: 2 Unidades
Altura: 7 m. Altura a cumbrera de 7 metros medida en cada punto del terreno. En
rehabilitación se podrán autorizar alturas que alcancen la media de los edificios
ya construidos.
Otros: No se podrá construir más de una vivienda por U.R.A.E.
Todos los servicios serán dotados por los particulares. Salvo que ya exista una
línea eléctrica anterior, el suministro deberá obtenerse por sistemas autónomos:
solar, eólica o generadores, autorizándose el trazado de nuevos tendidos previa tramitación del correspondiente estudio de impacto ambiental. No obstante
lo anterior, si la edificación está a menos de 500 metros de un transformador ya
existente, podrá autorizarse un tendido eléctrico siempre que este sea enterrado.
Condiciones Higiénicas Sanitarias: Las construcciones o edificaciones deberán
contar con fosa séptica, o cualquier otro sistema autónomo de depuración de
aguas residuales reconocido, no autorizándose los pozos ciegos ni los vertidos
directos a cauces o láminas de agua.
Condiciones Estéticas de Composición: Todas las edificaciones guardarán una relación de proporcionalidad y funcionalidad con la explotación en la que se emplacen.

REHABILITACIÓN
EDIFICACIONES
EXISTENTES USO
HOTELERO/RESIDENCIAL

Se estará a lo dispuesto en el artículo 3.4.1.10 del presente PGM.