Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0022)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Calamonte.
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NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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• Edificación Retranqueada: La edificación se alineará a vial coincidiendo con el frente de
parcela. En el caso de producirse retranqueos deberá procederse a la redacción y tramitación de un Estudio de Detalle.
En las edificaciones ya existente a fecha de Aprobación Inicial del presente PGM no se
tendrán en consideración estas especificaciones.
• Profundidad máxima edificable: 12 m.
• Coeficiente de Ocupación por Planta: 100 %.
• Edificabilidad sobre Rasante: La resultante de las condiciones aquí reflejadas
• Número de Plantas: 4 Unidades (PB+3).
• Sótanos y Semisótanos: Se permiten.
Artículo 3.3.2.5. Ordenanza 5 - Residencial Edificación en Hilera (EH).
Estas condiciones particulares se aplicarán en la zona integrada por las áreas identificadas en
los Planos de la Serie OD-2. Corresponde a las viviendas de protección pública delimitadas en
la denominada UA-10 y en la UA-8, por las antiguas NNSS, así como las existentes en la Avda.
Juan Carlos I y en la Avda. de Espronceda.
Ámbitos de Aplicación:
Manzanas: MZ05
Parámetros.
• Tipología: Edificación en Hilera.
• Parcela Mínima:


— Superficie Mínima: 150 m².

• Edificación Retranqueada: La edificación se alineará a vial coincidiendo con el frente de
parcela. En el caso de producirse retranqueos deberá procederse a la redacción y tramitación de un Estudio de Detalle.
• Profundidad máxima edificable: 12 m.
• Edificabilidad sobre Rasante: 2,00 m²t/m²s.