Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0022)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Calamonte.
230 páginas totales
Página
NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

15432

Para garantizar la conservación y mejora de las condiciones medioambientales en el territorio
municipal, además de las limitaciones derivadas de la legislación específica aplicable a cada
actividad, habrán de observarse las determinaciones contenidas en los artículos subsiguientes.
Artículo 3.3.1.10. Protección de la vegetación.
Tanto el arbolado como las áreas ajardinadas existentes, aun cuando no fueren calificadas
como zonas verdes, deberán conservarse y mantener en buen estado sus plantaciones.
Cuando una obra pueda afectar a algún ejemplar arbóreo público o privado, se indicará en la
solicitud de licencia correspondiente señalando su situación en los planos de estado actual.
En estos casos, se exigirá y garantizará que durante el transcurso de las obras se dotará a los
troncos del arbolado de un adecuado recubrimiento que impida su lesión o deterioro.
Cuando fuere preciso eliminar parte del arbolado se procurará afectar a los ejemplares de
menor edad y porte, siendo preceptiva su sustitución inmediata, si las circunstancias lo permitieren, empleándose especies iguales y del mismo porte que las desaparecidas o la especie
dominante en la hilera o agrupación de arbolado.
En las franjas de retranqueo obligatorio lindantes con vías públicas será preceptiva la plantación de especies vegetales, preferentemente arbóreas, con independencia del uso a que se
destine la edificación.
Si se presume que algún ejemplar concreto de árbol, autóctono o no, posee características
singulares o destacables que lo haga especialmente representativo, se prohibirá cualquier intervención sobre el mismo, salvo que medio informe previo favorable del órgano competente
de la Junta de Extremadura.
Con carácter general en las nuevas plantaciones de árboles, arbustos o áreas ajardinadas se
procurará la utilización de especies autóctonas, restringiéndose en la mayor medida posible
la plantación de las que requieran excesiva cantidad de agua.
Artículo 3.3.1.11. Conservación del agua y vertidos a cauces públicos.
Con carácter general, el consumo del agua deberá racionalizarse, para lo cual las instalaciones de distribución y puntos de consumo deben mantenerse en perfectas condiciones de uso,
evitándose en lo posible pérdidas y fugas en las redes. Las piscinas, albercas, estanques y
fuentes ornamentales, tanto públicas como privadas dispondrán de sistemas de reutilización
de las aguas.
En cuanto a las aguas residuales no podrán verterse a cauce libre o canalización sin depuración realizada por procedimientos adecuados a las características del afluente y valores