Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0022)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Calamonte.
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NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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sobre condiciones de habitabilidad de las viviendas vigente en la fecha de solicitud de la
licencia municipal de obras.
2. L
 os aparcamientos en superficie cumplirán las siguientes condiciones:
— Las dimensiones mínimas serán las establecidas en la legislación en materia de accesibilidad vigente.
— Las áreas destinadas a aparcamiento público o privado, deberán disponer de pasillos de
circulación y maniobra de las siguientes dimensiones:


• 3 m de ancho mínimo para aparcamientos en línea y 4,5 m para doble circulación.



• 4 m de ancho mínimo para aparcamientos en espina y 5 m para doble circulación.



• 5 m de ancho mínimo para aparcamientos en batería y 6 m para doble circulación

3. L
 os aparcamientos cerrados cumplirán las siguientes condiciones:
— Sólo se podrán ubicar en planta baja, sótano o semisótano. Podrán autorizarse ubicarlos
en plantas superiores siempre que el uso del edificio sea exclusivo de aparcamiento.
— Cumplirán las condiciones reflejadas para aparcamientos en superficie.
— El acceso a los aparcamientos colectivos permitirá la entrada y salida frontal de los vehículos sin que haya que realizar maniobras de marcha atrás.
4. L
 os aparcamientos públicos cumplirán las siguientes condiciones:
— Solo podrán disponerse aparcamientos públicos por iniciativa municipal o previa autorización del Ayuntamiento.
— La autorización municipal estará condicionada por un estudio del impacto sobre las
condiciones ambientales y circulatorias. Se condicionará también por la existencia real
del déficit a paliar, por el hecho de que la actuación no desnaturalice el uso de la superficie bajo la que se construya, si es bajo rasante, ya sea espacio público zona verde;
por el compromiso de reconstruir la situación previa en superficie en el caso de que se
encuentre consolidada; por el compromiso de otorgar simultáneamente a tal superficie
el destino urbano que el Plan fije en este caso de que no lo hubiere alcanzado; y por el
compromiso de reparar las posibles pérdidas que la actuación pudiera causara.