Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2024AC0026)
Acuerdo de 20 de diciembre de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 1/2022 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Aljucén para cambiar la superficie mínima de parcela para la construcción de vivienda en las categorías de suelo no urbanizable SNUP-1, SNUP-2, SNUP-3, ajustándola a los parámetros marcados en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
18 páginas totales
Página
NÚMERO 51
15611
Miércoles 13 de marzo de 2024
CATEGORÍA SUELO
RÚSTICO
USO
Superficie NNSS
vigentes (m2)
Superficie MP 1/2022
(m2)
SNUP-3
VU
150.000
60.000
2. EXTRACTO EXPLICATIVO DE LA INTEGRACIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALES
En base al artículo 60.2 del RGLOTUS, la modificación se ha sometido al procedimiento de
evaluación ambiental. A tal efecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura sobre la necesidad o no de sometimiento de la modificación 1/2022 de NNSS
de Aljucén, al control ambiental de evaluación ambiental estratégica, resolvió con fecha
07/09/2022, y número de expediente IA22/II91, (véase el anexo I de este documento),
indicando que la modificación puntual está sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, conforme al artículo 49.f).2.º de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con fecha 17/04/2023, se publica en el DOE, Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual 1/2022 de las Normas Subsidiarias
de Aljucén. Expte.: IA22/1191 (véase el anexo I de este documento), indicando que la
modificación puntual es viable desde el punto de vista de las competencias de la Dirección
General de Sostenibilidad; consideración que, teniendo en cuenta también toda la información exigida en la legislación urbanística, se ha incorporado al presente documento. En
la misma reza lo siguiente:
“En virtud de lo expuesto, la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad, considera que no es previsible que la modificación
puntual 1/2022 de las Normas Subsidiarias de Aljucén, vaya a producir efectos adversos
significativos sobre el medio ambiente, razón por la cual se determina la no necesidad de
su sometimiento a evaluación ambiental estratégica ordinaria.
El informe ambiental estratégico se hará público a través del Diario Oficial de Extremadura y de la página web de la Dirección General de Sostenibilidad (http://extremambiente.
juntaex.es), dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 52 apartado 3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El presente informe perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son
propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido
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Miércoles 13 de marzo de 2024
CATEGORÍA SUELO
RÚSTICO
USO
Superficie NNSS
vigentes (m2)
Superficie MP 1/2022
(m2)
SNUP-3
VU
150.000
60.000
2. EXTRACTO EXPLICATIVO DE LA INTEGRACIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALES
En base al artículo 60.2 del RGLOTUS, la modificación se ha sometido al procedimiento de
evaluación ambiental. A tal efecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura sobre la necesidad o no de sometimiento de la modificación 1/2022 de NNSS
de Aljucén, al control ambiental de evaluación ambiental estratégica, resolvió con fecha
07/09/2022, y número de expediente IA22/II91, (véase el anexo I de este documento),
indicando que la modificación puntual está sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, conforme al artículo 49.f).2.º de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con fecha 17/04/2023, se publica en el DOE, Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual 1/2022 de las Normas Subsidiarias
de Aljucén. Expte.: IA22/1191 (véase el anexo I de este documento), indicando que la
modificación puntual es viable desde el punto de vista de las competencias de la Dirección
General de Sostenibilidad; consideración que, teniendo en cuenta también toda la información exigida en la legislación urbanística, se ha incorporado al presente documento. En
la misma reza lo siguiente:
“En virtud de lo expuesto, la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad, considera que no es previsible que la modificación
puntual 1/2022 de las Normas Subsidiarias de Aljucén, vaya a producir efectos adversos
significativos sobre el medio ambiente, razón por la cual se determina la no necesidad de
su sometimiento a evaluación ambiental estratégica ordinaria.
El informe ambiental estratégico se hará público a través del Diario Oficial de Extremadura y de la página web de la Dirección General de Sostenibilidad (http://extremambiente.
juntaex.es), dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 52 apartado 3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El presente informe perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son
propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido