Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Nombramientos. (2024060883)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se nombra con carácter definitivo a los directores y directoras que han superado el periodo de prácticas y se hace pública la relación de directores que no han superado el periodo de prácticas, según el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocado por Orden de 17 de marzo de 2023.
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Martes 12 de marzo de 2024

Por ello, procede emitir la resolución que nombre director o directora con carácter definitivo
en el centro correspondiente a los directores y directoras provisionales declarados aptos en
el mismo.
Por lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo
3.1.s) del Decreto 237/2023, de 16 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, esta Secretaría General
de Educación y Formación Profesional,
RESUELVE:
Primero. Hacer público el listado de aspirantes que han superado el periodo de prácticas, que
figura como anexo I.
Segundo. Hacer público el listado de aspirantes que han aplazado la realización del periodo
de prácticas, que figura como anexo II.
Tercero. Hacer público el listado de aspirantes que no han superado el periodo de prácticas,
que figura como anexo III.
Cuarto. Nombrar directores con carácter definitivo de los centros que se detallan en el anexo
I de la presente resolución a los aspirantes que han superado el periodo de prácticas.
Quinto. Publicar la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial de Extremadura. La
publicación de esta resolución tendrá los efectos de notificación a los interesados según lo indicado por el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en
el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, conforme a lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante
los órganos de dicha jurisdicción.
Mérida, 4 de marzo de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
M.ª DEL PILAR PÉREZ GARCÍA