Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Nombramientos. (2024060883)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se nombra con carácter definitivo a los directores y directoras que han superado el periodo de prácticas y se hace pública la relación de directores que no han superado el periodo de prácticas, según el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocado por Orden de 17 de marzo de 2023.
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Martes 12 de marzo de 2024

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se nombra con carácter definitivo a
los directores y directoras que han superado el periodo de prácticas y se
hace pública la relación de directores que no han superado el periodo de
prácticas, según el procedimiento de selección y nombramiento de directores
y directoras de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, convocado por Orden de 17 de marzo de 2023.
(2024060883)

El Decreto 28/2021, de 21 de abril (DOE número 75, de 22 de abril) regula el procedimiento
de selección, nombramiento, cese y renovación de directores y directoras, así como el proceso de evaluación de la función directiva, en los centros docentes públicos no universitarios
dependientes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por Orden de 17 de marzo de 2023 (DOE número 57, de 23 de marzo) se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes
públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Resolución de 23 de junio de 2023, de la Secretaría General de Educación, se hacen públicas las relaciones de candidatos seleccionados y se procede al nombramiento de
directores y directoras definitivos y directores y directoras provisionales que deben superar
el periodo de prácticas.
La Orden de 17 de marzo establece en el artículo 8.3 que en el caso de que alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el periodo de prácticas dentro de los plazos establecidos, la Secretaría General de Educación, a través de la Delegación Provincial de Educación
correspondiente, podrá conceder un aplazamiento para su realización que, en ningún caso,
podrá exceder del curso escolar siguiente.
Por Resolución del Delegado Provincial de Educación de Cáceres, de fecha de 9 de febrero de
2024, se concede el aplazamiento de la fase de prácticas, previa solicitud, a una de las personas participantes en la segunda fase del proceso de selección.
Finalizado el periodo de prácticas y una vez realizada la valoración de los aspirantes por
parte de la Comisión de Evaluación del Desempeño de la Función Directiva de acuerdo con
lo establecido en el artículo 12 del Decreto 28/2021, de 21 de abril, se determina la relación
de directores y directoras que han superado y que no han superado el periodo de prácticas.