Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060817)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y AG Siderúrgica Balboa, SA, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual para los ciclos formativos en Administración y Finanzas, en Gestión Administrativa, en Mantenimiento Electromecánico, en Mecatrónica Industrial, en Instalaciones Eléctricas y Automáticas, en Márketing y Publicidad y en Automatización y Robótica Industrial de los IES El Pomar de Jerez de los Caballeros, Eugenio Hermoso de Fregenal de la Sierra, Ramón Carande de Jerez de los Caballeros, Virgen de Gracia de Oliva de la Frontera y Santiago Apóstol de Almendralejo.
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NÚMERO 50

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Martes 12 de marzo de 2024

c. Contravenir las normas y obligaciones del centro de trabajo, dependiente de AG Siderúrgica Balboa, SA, donde se encuentre haciendo las actividades formativas.
Vigésimo cuarta. El presente Convenio tiene carácter administrativo y se suscribe al amparo
de la Ley 40/2015, de 30 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por
la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, conforme a lo establecido
en el artículo 6 de dicha norma, siéndole de aplicación en defecto de normas específicas, los
principios del citado texto legal, para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse.
Para la aplicación y seguimiento del presente Convenio, así como para su adecuada interpretación, se constituye una Comisión de Seguimiento que tiene como función realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Convenio, y de los compromisos adquiridos por ambas partes, que adoptará acuerdos por unanimidad. Esta Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las partes, con una antelación mínima de 10 días
hábiles, y ajustará su régimen de organización y funcionamiento interno a la normativa de los
órganos colegiados constituida por lo dispuesto con carácter básico en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por un representante de cada una de las partes,
que serán nombrados por la Consejería de Educación y Empleo y AG Siderúrgica Balboa, SA,
respectivamente.
Para todas las cuestiones derivadas de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Convenio, las partes se comprometen a resolverlas de mutuo acuerdo, elevando la controversia objeto a debate ante la Comisión de Seguimiento. En caso de no encontrar una resolución conjunta, y como consecuencia de su naturaleza administrativa, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo,
conforme con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Vigésimo quinta. La Consejería de Educación y Empleo y AG Siderúrgica Balboa, SA, así
como las personas que intervienen en nombre de las mismas, se obligan a tomar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos a los que se tenga
acceso, de acuerdo con lo establecido en la normativa europea y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantías de los derechos digitales.
Esta obligación deberá subsistir una vez finalizados los trabajos objetos del presente Convenio.
El Secretario General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL

El representante de
AG Siderúrgica Balboa, SA,
D. RAFAEL PÉREZ-MONTES GIL