Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060820)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración para la atención de lesionados en accidente de tráfico mediante Servicios de Emergencias Sanitarias para los ejercicios 2024-2027 en el ámbito de la sanidad pública entre el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), y el Servicio Extremeño de Salud.
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Martes 12 de marzo de 2024

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA ATENCIÓN DE LESIONADOS
EN ACCIDENTE DE TRÁFICO MEDIANTE SERVICIOS DE EMERGENCIAS
SANITARIAS PARA LOS EJERCICIOS 2024-2027 EN EL ÁMBITO DE LA
SANIDAD PÚBLICA ENTRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE
SEGUROS (CCS), LA UNIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y
REASEGURADORAS (UNESPA), Y EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Mérida, 20 de febrero de 2024.
REUNIDOS
Sr. D. Jesús Vilés Piris en representación del Servicio Extremeño de Salud, en su calidad de
Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 148/2023,
de 2 de agosto, (DOE ordinario n.º 149, de 03 de agosto de 2023), actuando en el ejercicio
de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de
octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo del SES.
Sr. D. Alejandro Izuzquiza Ibáñez de Aldecoa, en representación del CCS, entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en virtud de
poder conferido mediante escritura pública, otorgada el 19 de febrero de 1997 ante el Notario
de Madrid D. Luis Núñez Boluda, con el número 287 de su protocolo.
Sra. D.ª María Aranzazu del Valle Schaan, en representación de Unión Española se Entidades
Aseguradoras Y Reaseguradoras, Unespa, Asociación Empresarial del Seguro, constituida al
amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, como Presidenta, en virtud de poder conferido por
acuerdo del Comité Ejecutivo de dicha entidad, adoptado en su reunión del 4 de mayo de
2.023, y protocolizado mediante escritura pública otorgada el 19 de junio de 2023.
Se reconocen capacidad suficiente para obligarse en las respectivas representaciones que
ostentan y de común acuerdo convienen las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Objeto. El presente Convenio regula la prestación de servicios de asistencia sanitaria de
emergencia a lesionados en accidente de tráfico en el ámbito de la sanidad pública (en adelante, Convenio de Emergencias Sanitarias), y las tarifas de precios aplicables a los mismos.
Las cláusulas y tarifas contenidas en este Convenio se aplicarán a todas las prestaciones realizadas a los lesionados por hechos de la circulación, ocasionados por vehículos a motor que
tengan su estacionamiento habitual en España, estando obligados a suscribir un contrato de