Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050038)
Orden de 6 de marzo de 2024 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Presidencia de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 50
Martes 12 de marzo de 2024

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contra la Violencia de Género en Extremadura y del Decreto 16/2013, de 26 de febrero, por el
que se autorizan los Reglamentos de Régimen Interno de los dispositivos de la Red Extremeña
de Atención a las Víctimas de Violencia de Género, en el que regulan tanto el personal que ha
de formar parte del Dispositivo de Acogida como las Funciones de la persona responsable de
las Casas de Acogida (Directores/as de las Casas de Acogida), era de naturaleza funcionarial,
adecuándolo, de este modo, a los requerimiento que exige la normativa aplicable.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública aprobar su modificación puntual en los supuestos que se determinan
en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado decreto.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que
se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos de la
Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación con las
Centrales Sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva conforme
a la normativa vigente.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 94/1998, de 21 de julio, seguido
el procedimiento señalado en el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen
criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo,
previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en las mesas correspondientes de la Junta de Extremadura,
con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Primero. Amortización de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de Presidencia de la
Junta de Extremadura, según figura en el anexo I para la amortización del puesto de trabajo
que en el mismo se incluye.
Segundo. Creación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de Presidencia de la Junta
de Extremadura, según figura en el anexo II para la creación del puesto de trabajo que en el
mismo se incluye.