Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. (2024060864)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la clasificación de criterios/requisitos de admisibilidad, compromisos u otras obligaciones contraídas por los beneficiarios, así como la tipificación de penalizaciones, como retiradas de ayudas, reducciones y exclusiones en caso de incumplimiento de los mismos, en las intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión (artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

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RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la
que se establece la clasificación de criterios/requisitos de admisibilidad,
compromisos u otras obligaciones contraídas por los beneficiarios, así como
la tipificación de penalizaciones, como retiradas de ayudas, reducciones y
exclusiones en caso de incumplimiento de los mismos, en las intervenciones
establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con
compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión
(artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115) en la Comunidad Autónoma de
Extremadura. (2024060864)
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes
estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, establece una serie de intervenciones
enfocadas a compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión (artículo 70).
Se debe tener en consideración lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y
el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º
1306/2013, especialmente el título IV. Sistemas de Control y Sanciones que, en su capítulo
II. Sistemas Integrado de Gestión y Control, exige a los estados miembros la creación y administración de un “sistema integrado” que se aplique, entre otros, a las intervenciones aquí
contempladas.
Son de aplicación el Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre
de 2021, que completa el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas relativas a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera,
la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro y el Reglamento de Ejecución (UE)
2022/128 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen disposiciones
de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre
los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, los
controles, las garantías y la transparencia.
España ha elaborado, de acuerdo con el Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, el Plan Estratégico Nacional de la Política
Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que la Comisión Europea aprobó el
31 de agosto de 2022, donde se definen y recogen los elementos comunes y armoniza las
condiciones de aplicación de determinadas medidas.