Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2024060861)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la extinción de licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (televisivo) en la demarcación de Plasencia (Cáceres) por renuncia de su titular, "Producciones C-30, SL" (anteriormente denominada "Producciones Canal 30 Cáceres, SL").
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

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sonora por ondas hertzianas en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.
En virtud del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, la concesión para la explotación, en régimen de gestión indirecta, de un programa del servicio público
de televisión digital terrestre de ámbito local en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondiente a la demarcación de Plasencia (Cáceres), canal múltiple 35, cuya titular es
“Producciones C-30, SL”., se transformó en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (televisivo) en la citada demarcación y canal. Dicha licencia fue objeto de
inscripción en el Registro Extremeño de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, con el número de registro EX-TE-LI-0005.
Cuarto. Mediante escrito, de fecha 14 de octubre de 2022 –con anotación de entrada en el
Registro Único de la Junta de Extremadura, el 21 de octubre de 2022–, D. Joaquín García
Garrido, en su condición de Administrador Único de “Producciones C-30, SL”., sociedad titular
de la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (televisivo) en la
demarcación de Plasencia (Cáceres), ha renunciado a dicha licencia, solicitando a la Junta de
Extremadura que disponga lo oportuno para su extinción.
Quinto. Con fecha de 29 de diciembre de 2023 se redacta un informe-propuesta del Jefe de
Servicio de Comunicación Audiovisual relativo a la extinción de la licencia para la prestación
del Servicio de Comunicación Audiovisual televisivo en la demarcación de Plasencia (Cáceres)
por renuncia de su titular “Producciones C-30, SL”.; anteriormente denominada “Producciones
Canal 30 Cáceres, SL”.
Sexto. Con fecha 2 de enero de 2024, la Secretaría General de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública de la Junta de Extremadura ha formulado propuesta en el sentido
de que se declare la extinción de la licencia para la prestación del servicio de comunicación
audiovisual (televisivo) en la demarcación de Plasencia (Cáceres), por renuncia de su titular
“Producciones C-30, SL”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo dispuesto en el artículo
10.1.8 de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia para el desarrollo normativo y la ejecución en materia de prensa, radio y televisión y otros medios de comunicación,
correspondiéndole desarrollar, ejecutar y, en su caso, complementar la normativa del Estado
en esta materia, mediante la legislación propia de desarrollo, la potestad reglamentaria y la
función ejecutiva.
El traspaso efectivo de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de
Extremadura –en materia de radiodifusión– se realizó en virtud del Real Decreto 2167/1993,
de 10 de diciembre.