Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2024060862)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la adjudicación definitiva, a "Cáceres, Badajoz y Mérida, SL", de la concesión administrativa para la explotación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Llerena (Badajoz), con la frecuencia 106.7 Mhz.
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Lunes 11 de marzo de 2024

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en la misma, “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL” resultó adjudicataria provisional de la concesión
(número 3) correspondiente a la localidad de Llerena (Badajoz) – frecuencia: 106.7 Mhz.
Quinto. La Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información
(Consejería de Hacienda y Administración Pública) de la Junta de Extremadura solicitó información aclaratoria al Ministerio de Industria, Energía y Turismo (al ostentar éste la competencia para la aprobación del proyecto técnico y puesta en servicio de las instalaciones correspondientes) al respecto de la validez y vigencia de los proyectos técnicos aprobados con
anterioridad a la adjudicación provisional (de 16-9-2015), para aquellas concesiones en las
que ha resultado coincidente el actual y el anterior adjudicatario provisional (que lo fue por
Resolución, de fecha 29-1-2008), siendo atendida dicha solicitud de información mediante escrito del citado Ministerio, de fecha 26-4-2016 –con anotación de entrada en el Registro Único
de la Junta de Extremadura, el 3-5-2016–, en el que indicaban que “las concesiones demaniales para el uso privativo del dominio público radioeléctrico correspondiente a estas (dos) emisoras no fueron canceladas ni modificadas en ningún momento por lo que se han mantenido
en vigor y, por lo tanto, continúan con plena validez todas las actuaciones realizadas hasta la
fecha en relación con los proyectos técnicos presentados para la instalación de las mismas”.
Sexto. A su vez, la representación de “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL” en escrito remitido al
Servicio de Radiodifusión y Televisión (Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura –con anotación de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura,
el 17 de junio de 2016–, señaló que “no tenemos constancia de que tanto la concesión demanial aneja a la misma (para el uso privativo del dominio público radioeléctrico correspondiente
a emisora de Llerena – 106.7 Mhz) como tampoco las características técnicas aprobadas en
su momento se hayan visto canceladas, extinguidas o modificadas. En este sentido, en la
página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, se recoge información que dispone
que las tramitaciones relativas al expediente asociado a esta emisora deben efectuarse con
procedimientos de tipo modificación, no siendo factible tramitar un nuevo proyecto técnico de
alta de emisora, y por otro lado, en el Registro Público de Concesionarios de Telecomunicación
aparece en vigor la citada concesión demanial aneja a la licencia”.
Por ello, manifiestan en su escrito que entienden “que el proyecto técnico aprobado en su día
sigue estando vigente, al no haberse recibido hasta la fecha ninguna comunicación que disponga lo contrario, las consultas realizadas, y a la vista de los datos arriba reseñados”.
Séptimo. Mediante Resolución, de 27 de marzo de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo
y Comercio se aprobó el proyecto técnico presentado sobre la instalación de una estación de
radiodifusión sonora en frecuencia modulada (106.7 Mhz), en la localidad de Llerena (Bada-