Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060865)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Urbanización de la UA9/01-OPO", cuya promotora es IDCQ Inmuebles Hospitalarios, SLU, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA23/1250.
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NÚMERO 49

14480

Lunes 11 de marzo de 2024

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Ayuntamiento de Badajoz

-

Ecologistas en Acción

-

Ecologistas Extremadura

-

ADENEX

-

SEO/BirdLife

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Greenpeace

-

Amus

-

—E
 l Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que, la actividad
solicitada se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras áreas protegidas de Extremadura. En la Unidad de Actuación UA 9/01 no existen valores naturales reconocidos
en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Se añade que en la superficie no existen Hábitats de Interés Comunitario ni taxones
amenazados incluidos en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura
o incluidos en el anexo II de la Directiva Hábitat. Por lo tanto, no se prevé que la ejecución del proyecto de urbanización propuesto pueda afectar de forma apreciable a ningún
valor ambiental ni a espacios de la Red Natura 2000. Por todo ello emite informe favorable, ya que el proyecto no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o
hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
—L
 a Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, indica
que el proyecto no presenta afección alguna al planeamiento territorial vigente de Extremadura. Añade que, desde el punto de vista de la ordenación del territorio de Extremadura, no se observa ningún efecto significativo sobre el medio ambiente distinto a los
ya evaluados en el estudio de impacto ambiental del proyecto.
—L
 a Confederación Hidrográfica del Guadiana informa que, el cauce de un arroyo tributario del arroyo Corredera de las Palomas discurre a unos 300 metros al noreste de la
zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces
que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo