Ayuntamiento De Badajoz. Urbanismo. (2024080348)
Anuncio de 3 de marzo de 2024 sobre aprobación definitiva de Estudio de Detalle.
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Lunes 11 de marzo de 2024

ANEXO I
La modificación que se propone en el presente Estudio de Detalle, de la Manzana R-11, consiste en cambiar los tres bloques aislados exentos en el centro de la Manzana y retranqueados
de la alineación exterior 6m, por cuatro bloques aislados exentos y alineados en las esquinas
de la manzana, sin ningún retranqueo respecto del acerado, siguiendo el mismo criterio de
diseño que las manzanas R-4, R-5, R-6, R-8, y R-9 para crear unos espacios libres privativos,
comunes a las dos submanzanas resultantes: R-11.1,y R-11.2,de forma que se puedan obtener unas zonas comunes amplias con un óptimo aprovechamiento del soleamiento, al separar
los bloques lo máximo que nos permite la dimensión de la manzana y cumpliendo por la parte
más desfavorecida la distancia mínima entre bloques que permite el PGM de Badajoz , donde
se pueda construir una piscina común para todas ellas con zonas ajardinadas, y se permita
el acceso peatonal a las viviendas así como el acceso rodado a los sótanos- garaje. Dichas
submanzanas, contemplan unas Zonas “a” que son No edificables sobre rasante (salvo zonas
comunes como piscina y espacios ajardinados) y SI son edificables bajo rasante y otras Zonas
“b” donde se puede construir seis plantas (VI) sobre rasante y también se puede construir
bajo rasante.
Se generan dos plataformas en planta baja a diferente nivel de forma que se pueda absorber
la pendiente que marca la rasante oficial según las cotas altimétricas recogidas en el Proyecto
de Urbanización, estos dos niveles en las plataformas quedan intercomunicados por medio de
rampas accesibles, cumpliendo los requisitos de los itinerarios accesibles para acceder a los
portales de los bloques, así como a las zonas comunes de la Manzana R-11.
Se propone con un cambio en la tipología a implantar que pasará a ser la de Edificación Abierta Alineada (EAA), en lugar de la de Edificación Abierta Exenta (EAE) por ser esta la que define
mejor la implantación propuesta.
Se adopta el criterio de alturas de la edificación del artículo 2.1.9. de las Normas Urbanísticas
del PGM vigente y del Plan Parcial SUB-CC-9.2.3, así mismo se adopta la nomenclatura del PG
vigente en lo referente a los usos.
La parcela reservada para el Centro de transformación CT-21, en la Submanzana R-11 que se
encuentra en la esquina nor-oeste de dicha Manzana es necesario modificarla, desplazando su
lugar de ubicación, en la misma alineación con el Vial 3 siendo su nueva ubicación la esquina
nor-oeste de la nueva Submanzana resultante, la Submanzana R-11.2., donde se le dotará de
todos los servicios necesarios para su puesta en funcionamiento.