Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0019)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Casar de Cáceres.
250 páginas totales
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

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— Situación 3 (Planta de sótano o semisótano): Implantación en un local situado en planta
sótano o semisótano de un uso compatible, pormenorizado o específico, igual al asignado a la parcela edificable, unidad apta para la edificación o finca del suelo no urbanizable
— Situación 4 (Planta baja): Implantación en un local en planta baja de un uso compatible,
pormenorizado o específico, igual al asignado a la parcela edificable, unidad apta para
la edificación o finca del suelo no urbanizable.
— Situación 5 (Planta de piso): Implantación en un local en planta de pisos de un uso
compatible, pormenorizado o específico, igual al asignado a la parcela edificable, unidad
apta para la edificación o finca del suelo no urbanizable.
— Situación 6 (Edificio exclusivo): Implantación en un cuerpo de edificación aislado o adosado de un uso compatible, pormenorizado o específico, igual al asignado a la parcela
edificable, unidad apta para la edificación o finca del suelo no urbanizable.
Las situaciones concretas de compatibilidad de cada uno de los usos que en las secciones subsiguientes se describen, son las establecidas en la matriz de usos que figura como documento
Anexo n.º 1 de estas Normas Urbanísticas.
Cuando se pretendiera la implantación de un uso o compatibilidad de uso no recogido en ninguna de las situaciones de compatibilidad establecidas en el referido Anexo de estas Normas
Urbanísticas, la admisión de aquel uso se determinará por el órgano competente para el otorgamiento de la licencia teniendo en cuenta las circunstancias siguientes:
— Características de la actividad.
— Informes de las Administraciones sectoriales competentes en virtud de la legislación
específica que la afecte.
— Repercusión de la actividad en su ámbito inmediato.
Sección 2.ª Uso Dotacional de Zonas Verdes.
Artículo 2.2.16. Zonas Verdes. Definición y usos específicos.
El uso dotacional de zonas verdes (DV) es el que corresponde a las zonas verdes y áreas peatonales, destinadas al recreo y esparcimiento de la población.
Según sus características se distinguen los siguientes usos específicos:
1. Jardines y zonas verdes (DV-J): Corresponde a los espacios con acondicionamiento vegetal destinadas al disfrute de la población, al ornato y mejora de la calidad estética de