Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0019)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Casar de Cáceres.
250 páginas totales
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

14507

Artículo 2.2.03. Ámbito de aplicación.
El ámbito de aplicación del presente Plan General Municipal lo constituye la totalidad de los
terrenos incluidos en el término municipal de Casar de Cáceres.
Artículo 2.2.04. Vigencia.
Las determinaciones contenidas en el Plan General Municipal entrarán en vigor a partir de la
fecha de la publicación oficial de su aprobación definitiva, y su periodo de vigencia será indefinido, según disponen el artículo 79.3 de la LSOTEX y el 139 del RPLANEX, sin perjuicio de las
eventuales modificaciones que pudieren tramitarse, y sin detrimento de su obligada Revisión
en el caso de concurrir las circunstancias que se expresan en el artículo siguiente.
Iniciado el periodo de vigencia de este Plan General Municipal quedará sin efecto la precedente Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Casar de Cáceres, así
como las modificaciones posteriores de dicha Revisión.
Artículo 2.2.05. Revisión del Plan General Municipal.
Según legislación urbanística vigente.
Artículo 2.2.06. Modificación.
Según legislación urbanística vigente.
Artículo 2.2.07. Contenido documental.
El presente Plan General Municipal contiene los siguientes documentos:
1. M
 emoria General, integrada por los siguientes documentos:
a) Memoria Informativa: Describe la información urbanística elaborada en relación con el
territorio, la población y las actividades.
b) Memoria Justificativa: Define los fines y objetivos del Plan General Municipal, así como
su conveniencia y oportunidad, expresa las incidencias habidas durante el trámite de
participación pública en el proceso de elaboración del Plan y justifica todas y cada una
de las determinaciones que se formulan en los documentos gráficos o literarios. Así
mismo, informa de la tutela de los bienes y del cumplimiento de los criterios y fines
previstos; y diferencia las determinaciones correspondientes a la ordenación estructural
y detallada, identificándolas expresamente por relación a la documentación escrita y
gráfica que las contiene.