Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0019)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Casar de Cáceres.
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

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definiciones subsiguientes, siendo de aplicación en todo su ámbito. Las definiciones comunes
contenidas en el Título I tienen carácter informativo y aclaratorio.
— Alineaciones oficiales. Son las líneas señaladas en los correspondientes planos de ordenación que marcan el límite entre las superficies edificables y los espacios libres de uso
público (vías, plazas, zonas verdes, etc.).
— Altura de edificación. Es la distancia vertical desde la rasante de la acera o el terreno en
contacto con la edificación a la cara inferior del forjado o elemento superficial constructivo que forma el techo de la última planta de la edificación. Medida en el punto medio
de la fachada o según el artículo 4.2.07.
— Altura de planta. Es la distancia entre las caras inferiores de los dos forjados que la delimitan.
— Altura de planta baja. Es la distancia desde la rasante de la acera o terreno exterior en
contacto con la edificación a la cara inferior del forjado que forma su techo.
— Altura libre de planta. Es la distancia entre la cara superior del pavimento de una planta
y la cara inferior del techo de la misma.
— Coeficiente de edificabilidad. Es la relación entre la superficie máxima edificable sobre
un área y la superficie de dicha área. Se expresará en m2/m2.
— Construcciones por encima de la altura de edificación. Son aquellos volúmenes edificados por encima de la altura máxima de edificación determinada por las presentes
Normas.
— Edificios fuera de ordenación. Son aquellos edificios e instalaciones erigidos con anterioridad a la aprobación definitiva del Plan General Municipal que resultasen disconformes
con las mismas.
— Espacio libre de parcela. Es la parte de parcela neta edificable no ocupada por la
edificación.
— Línea de edificación . Es la línea exterior o interior que delimita la superficie ocupada por
la edificación.
— Ocupación de parcela. Superficie de parcela neta edificable ocupada por la construcción
en cada una de las plantas.
— Parcela mínima. Es la parcela neta edificable de dimensiones suficientes para ser considerada apta para edificar según las condiciones que para cada tipología se establecen
en las presentes Normas.