Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060826)
Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Juan Martín Silva, en el término municipal de Maguilla.
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NÚMERO 47
Jueves 7 de marzo de 2024

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— Geología y suelo.
Campiña Sur es una comarca de gran variedad paisajística. Las amplias llanuras están
dedicadas en su mayor parte a cultivos cerealistas de secano entre los que se entremezclan manchas de viñedo, olivar y algunos frutales, dando lugar a un paisaje fuertemente
antropizado. Las formaciones de ribera, asociadas a los cursos de agua más importantes surcan estas grandes extensiones agrícolas, diversificando y aportando riqueza al
paisaje. En zonas de transición hacia las zonas de sierra, los cultivos van dando paso a
las dehesas y los pastizales naturales destinados al pastoreo de ovino y algo de porcino.
Conforme el terreno se va volviendo más abrupto, en las zonas serranas, aparecen las
masas forestales de quercíneas mezcladas con matorral, entre las que aparecen algunas manchas de olivar.
La parcela objeto de estudio tiene una pendiente media del 9%. La Campiña es una zona
que no tiene cadenas montañosas de importancia. Se caracteriza por ser una zona de
llanura.
— Fauna.
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:


• Comunidad de aves esteparias. La zona donde está la explotación, a pesar no tener
datos de estas especies, es favorable para la presencia de estas aves.
La actividad solicitada no es susceptible de afectar a la fauna.

— Flora, vegetación y hábitats.
No hay constancia de la existencia de valores ambientales reconocidos presentes en la
zona de actuación.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre, flora, vegetación o
valores ambientales si se tienen en consideración las medidas correctoras propuestas.
— Paisaje.
La instalación se sitúa en una parcela con pendientes medias de 9 %.
El paisaje circundante a la zona de la explotación es un paisaje agropecuario con prevalencia de explotaciones ganaderas, patos, cultivos de secano y olivar.