Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2024040025)
Decreto 16/2024, de 27 de febrero, por el que se modifica el Decreto 239/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
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Lunes 4 de marzo de 2024

Igualmente se considera necesario desdoblar el actual Servicio de Régimen Jurídico y Contratación en un Servicio de Contratación, que coordine y gestione, con la agilidad requerida,
la tramitación de los expedientes de contratación, y un Servicio de Régimen Jurídico capaz
de impulsar y coordinar la tramitación de todas las actuaciones a llevar a cabo en ese centro
directivo en los aspectos normativos y jurídicos.
Por otro lado, la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios, dispone de un
único Servicio, lo cual resulta claramente insuficiente para gestionar eficazmente tanto medios humanos como materiales con los que cuenta. Actualmente, esta Dirección General la
integran más de mil trabajadores y más de cien centros de trabajo.
Por ello, se estima necesaria la creación de un Servicio de Apoyo y Logística INFOEX, quien se
ocupará de la gestión de los centros de trabajo del INFOEX y sus vehículos, en colaboración
con la Secretaría General, así como de los medios aéreos. Asimismo, este Servicio será el
encargado de impulsar la ejecución presupuestaria de la Dirección General, y será el responsable de la gestión de todos los expedientes de servicios, obras y suministros del INFOEX, así
como de los fondos europeos.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23.ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero citada, a iniciativa de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, a propuesta
de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 27 de febrero de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 239/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en los
siguientes términos.
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 2, que queda redactado con el siguiente tenor,
permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“2. Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaría General, se estructura en las siguientes unidades administrativas:
— Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
— Servicio de Asuntos Generales.
— Servicio de Contratación Administrativa.
— Servicio de Régimen Jurídico.
— Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria”.