Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060692)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad de León para la realización de prácticas externas y/o trabajos de fin de Grado, Máster o Doctorado por parte de estudiantes de la Universidad de León.
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NÚMERO 43
Viernes 1 de marzo de 2024

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“Segunda. Contenido de la colaboración”.


1) Colaboración.

Para potenciar la coordinación entre la docencia universitaria y las prácticas externas
de grado/máster en los centros sostenidos con fondos públicos, la Universidad de León
y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional promoverán la reflexión
conjunta y el intercambio de recursos y experiencias. Ambas instituciones potenciarán
la realización de acciones de formación conjunta para los docentes de las titulaciones de
grado o máster, y las personas encargadas de las tutorías en los centros de formación
en prácticas.
El desarrollo de estas prácticas externas no supondrá compromiso de aportación económica alguna para la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
La Universidad de León se encargará de dar de alta y baja al estudiante en prácticas en
el Régimen General de la Seguridad Social y de efectuar el pago de las cuotas correspondientes según lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Social en
redacción dada por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, y/o demás normativa
que resulte de aplicación en cada momento, el coste, la gestión y cualquier otra obligación derivada del cumplimiento de la inclusión en el sistema de Seguridad Social del
alumnado en prácticas”.
La Universidad de León suscribirá pólizas de seguro (de responsabilidad civil y de accidentes) en favor de los estudiantes en prácticas realizadas al amparo del presente
convenio.
La Universidad de León podrá recabar de los centros educativos la información necesaria para contabilizar los días efectivos del alumnado en prácticas.
Asimismo, la Universidad de León y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional potenciarán una colaboración estable entre los centros de formación en
prácticas y los departamentos de dicha Universidad, en el desarrollo de planes y programas educativos”.
Segunda. Alcance de la Adenda.
A excepción en lo relativo a las obligaciones en materia de Seguridad Social, que se adecuará
según lo dispuesto en el punto anterior. Lo no modificado expresamente mediante el presente
documento quedan plenamente válidos y subsistentes los términos y cláusulas del Convenio,
y se considerará parte integrante del mismo.