Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060693)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro Educativo Ébora Formación para la realización de prácticas formativas.
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Viernes 1 de marzo de 2024

Séptimo. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre las
partes firmantes en el convenio y promover la cooperación y colaboración en el desarrollo y
realización de estancias formativas y de prácticas para estudiantes correspondientes al Grado
Medio de Auxiliar de Enfermería y al Grado Superior de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear del Centro ÉBORA FORMACIÓN, al amparo de lo previsto en el artículo 42.2 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y de la normativa específica tanto estatal como autonómica que resulte de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda de
modificación de este Convenio de Cooperación Educativa, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto modificar el contenido del Convenio entre la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud
y el Centro Educativo Ebora Formación para la Realización de Prácticas Formativas firmado el
14 de diciembre de 2021, con el fin de adaptarlo a la normativa relativa a las cotizaciones a
la Seguridad Social de los alumnos en prácticas.
Segunda. Modificación de la cláusula octava de obligaciones y compromisos de las
partes.
Se añade, al contenido de la cláusula octava el siguiente párrafo:
“De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los estudiantes que realicen prácticas
formativas externas en el territorio español, ya sea en modalidad presencial u online,
quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social como asimilados a trabajadores por
cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero del
2024, acordando las partes que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
con respecto a los estudiantes del Centro EBORA FORMACIÓN que realicen prácticas formativas externas en centros dependientes de la CONSEJERÍA, se ajustará, como prácticas
no remuneradas, a las siguientes reglas:
a) El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá al Centro EBORA
FORMACIÓN, que asumirá la condición de empresario como centro de formación responsable de la oferta formativa.
b) Todos los estudiantes que en virtud de este Convenio realicen prácticas formativas a
partir del 1 de enero de 2024 deberán estar dados de alta en Seguridad Social, salvo
que exista una normativa posterior que modifique la fecha de entrada en vigor de la
Disposición Adicional o la deje sin efecto.