Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060651)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de conjunto edificatorio turístico, cuya promotora es Comunidad Thubten Dhargye Ling, en el término municipal de Villanueva de la Vera (Cáceres). Expte.: IA23/568.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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— Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.
— Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
— Se deberá disponer de medidas de autoprotección o autodefensa, en base al Artículo
11. Medidas de Autoprotección o Autodefensa frente a incendios forestales de la Orden
de 11 de octubre de 2022 (DOE 14 de octubre de 2022), y por las que se establecen las
Medidas de Autodefensa que tienen como objeto la ejecución de medidas preventivas
sobre lugares vulnerables o susceptibles no sujetos a Memoria Técnica, sin perjuicio de
su normativa sectorial de aplicación.
— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de los trabajos. Esta notificación se realizará un mes antes del inicio de las obras.
— Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las mismas, se
paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la
Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.
— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán
contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento
de Villanueva de la Vera, las competencias en estas materias.
— Se fomentará la creación de corredores de biodiversidad y linderos de vegetación para
atenuar los efectos de la antropización del Complejo. Algunas medidas viables a implementar en este tipo de infraestructuras podrían estar relacionadas con la integración de
nidales en las fachadas, la instalación de cajas nido, la incorporación de tejados verdes
o revegetaciones de las fachadas, la reducción de la superficie de los pavimentos artificiales, la diversificación de la estructura arbustiva en los jardines, el uso de planta