Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060678)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de la Sierra de San Pedro-Los Baldíos" (Sierra de San Pedro-Los Baldíos), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre y a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como a lo establecido en la Orden de Bases Reguladoras.
Decimocuarta. Reducciones, sanciones y exclusiones.
El Organismo Pagador como consecuencia de los incumplimientos podrán llevar los siguientes
tipos de penalizaciones producto de la verificación de irregularidades:
a) Reducción de la ayuda como diferencia entre el importe de la solicitud de pago presentada y el importe admisible tras los controles.
b) Sanción que se aplica tras los controles.
c) Exclusión de la ayuda y, en determinados casos, del derecho a participar en la medida
objeto de ayuda.
Asimismo, a las ayudas les serán de aplicación las penalizaciones y reintegros contenidos
en el Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la
aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la
Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos
aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027, así como causas de revocación y reintegro establecidas en el artículo 43 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoquinta. Obligación de Información e Informes Intermedios.
Durante la vigencia del presente Convenio y en cumplimiento de las indicaciones que al respecto se realicen para la implementación de los informes anuales de ejecución y de cara a
hacer posible la agregación de los datos a escala europea, a requerimiento del órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural, se aportarán los datos e indicadores
relativos tanto a la situación inicial, así como a la ejecución financiera, las realizaciones, los
resultados y el impacto en cada uno de los territorios del GAL SIERRA DE SAN PEDRO-LOS
BALDÍOS. Los datos e indicadores que sean requeridos deberán hacer posible la evaluación
de los progresos, la eficiencia y la eficacia de la EDLP.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de información contempladas en la reglamentación comunitaria, el órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural podrá