Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060678)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de la Sierra de San Pedro-Los Baldíos" (Sierra de San Pedro-Los Baldíos), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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La justificación de la cantidad anticipada se efectuará previa revisión de la documentación
aportada y verificación de cumplimientos de requisitos, por los técnicos competentes de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se estará sometido al procedimiento general establecido en las Bases Reguladoras de las ayudas LEADER para el Periodo de Programación
2023-2027 y en concreto con lo que al respecto se establece en las mismas en materia de
Certificación y Justificación de gastos y Solicitud de fondos.
El plazo máximo para la justificación del referido anticipo será hasta el 31 de diciembre de
2028 y de conformidad y concordancia con lo que se disponga en las instrucciones de cierre
del PEPAC 2023-2027.
En todo caso, las normas y procedimientos de ejecución financiera y pago de las ayudas comunitarias objeto del presente Convenio, son las recogidas en las disposiciones comunitarias
de carácter horizontal que le sean de aplicación según determine la autoridad competente.
Novena. Gastos de funcionamiento y animación.
La ayuda para la gestión, seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación, en particular la facilitación de intercambios entre las partes interesadas no superará el 25 % de la
contribución pública total a la estrategia, según se establece en el artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
Los criterios de subvencionalidad de los gastos de funcionamiento y animación se corresponderán con los que al efecto se determinen en las bases reguladoras de ayuda, así como las
instrucciones que pudieran determinarse al efecto en materia de funcionamiento y animación.
Se considerarán elegibles los gastos ejecutados desde el día siguiente de la firma del presente
Convenio para el desarrollo de las estrategias de desarrollo local participativo hasta la finalización del periodo de elegibilidad del PEPAC 2023–2027 de Extremadura.
Se podrá conceder anticipo de acuerdo con lo estipulado en la cláusula octava del presente
convenio.
Todos los gastos deberán ser realizados en el territorio de la EDLP del Grupo, a excepción de
la asistencia a reuniones de trabajo, eventos de promoción y difusión o similares.
Décima. Responsable Administrativo/a y Financiero/a.
En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 33.2 Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, y lo determinado en la Orden de 1 de