Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060585)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta para la fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Luis Manuel Gallego Estévez, en el término municipal de Higuera de Vargas.
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NÚMERO 39
Lunes 26 de febrero de 2024

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— Se asegurará el éxito de las plantaciones, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Durante los primeros veranos se proporcionará riego por goteo a las plantas.
— No se plantará ninguna especie de las contempladas en el RD 630/2013 por el que se
regula el catálogo español de especies exóticas invasoras.
— El plan de reforestación finalizará cuando quede asegurado el éxito de la plantación.
13. P
 ara evitar la propagación de “la seca” a las “Dehesas de Jerez” y su entorno, se deberá
evitar realizar acopio alguno con material infectado por Phytophthora, para la cual se
deberá realizar una trazabilidad y llevar un libro de registro de la materia prima que se
transforma, donde conste la procedencia exacta de la madera (polígono, parcela, recinto,
coordenadas; etc.), el peso, volumen especie a la que pertenece el material, descartando
cualquier partida que pudiera proceder de zonas infectadas por este horno. Se deberán
extremar las medidas para que el material acopiado susceptible de albergar agentes patógenos de dicho hongo no transmita la enfermedad por la vegetación autóctona de la zona.
h) Plan de ejecución y acta de puesta en servicio
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS previa audiencia
del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, y con el objeto de comprobar el cumplimiento del condicionado fijado en la AAU, el titular de la instalación deberá presentar a
la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con el inicio de la actividad
y memoria, suscrita por técnico competente, según establece el artículo 34 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
3. E
 n particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la memoria referida en el
apartado h.2 deberá acompañarse de:
a) La documentación relativa a la gestión de los residuos.
b) Los informes de los primeros controles externos de las emisiones a la atmósfera.
c) 
Acreditación de la adecuación de las chimeneas a los requisitos establecidos en
la autorización.