Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2024040022)
Decreto 14/2024, de 20 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural el "Conjunto de Hornos de Magacela", en el término municipal de Magacela (Badajoz), con la categoría de Lugar de Interés Etnológico.
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Lunes 26 de febrero de 2024

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5 de abril de 2023, y en el Boletín Oficial del Estado n.º 145, de 19 de junio de 2023. De la
misma forma se procedió a su comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural
del entonces Ministerio de Cultura y Deporte, donde aparece inscrito con el código provisional
30621.
En cumplimiento de esa resolución, con fecha 7 de julio de 2023 se procedió a practicar la
notificación a las personas interesadas en el procedimiento, así como al Ayuntamiento de
Magacela (Badajoz), a la Confederación Hidrográfica del Guadiana y a la Dirección General de
Tributos de la Junta de Extremadura. Constan en el expediente las correspondientes acreditaciones de la recepción por algunos de sus destinatarios.
Debido a que no pudo culminarse con éxito la notificación practicada a determinadas personas
interesadas que, por distintas causas, no llegaron a recibirla en sus respectivos domicilios
conocidos, de conformidad con la previsión de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar un anuncio
de notificación en el Boletín Oficial del Estado número 261, de 1 de noviembre de 2023.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el
artículo 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. Ha sido favorable el informe emitido por la Real Academia de Extremadura de las Letras
y las Artes. El informe solicitado con fecha 26 de abril de 2022 a la Universidad de Extremadura, que no ha sido emitido, también debe considerarse favorable a la declaración por el
transcurso de dos meses desde la solicitud, conforme dispone el artículo 7.3 de la citada ley.
Igualmente, se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de
Badajoz.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión
celebrada el día 20 de febrero de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Declaración.
La declaración del “Conjunto de Hornos de Magacela”, en el término municipal de Magacela
(Badajoz), como Bien de Interés Cultural con la categoría de Lugar de Interés Etnológico, de
acuerdo con las especificaciones de los anexos que se acompañan.