Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2024040020)
Decreto 12/2024, de 20 de febrero, por el que se modifica el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo.
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NÚMERO 39
Lunes 26 de febrero de 2024

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De la redacción del apartado 1 del artículo 4 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre,
parece extraerse que las competencias en materia de diseño, gestión, seguimiento y control
de medidas y ayudas dirigidas a cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y
otras entidades de la economía social, así como a sus asociaciones, corresponden a la Dirección General de Empresa.
No obstante, el apartado 1 del artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, enumera las entidades que forman parte de la economía social, a saber: las sociedades
cooperativas, las mutualidades, las fundaciones y las asociaciones que lleven a cabo actividad
económica, las sociedades laborales, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo, las cofradías de pescadores, las sociedades agrarias de transformación y las entidades
singulares creadas por normas específicas que se rijan por los principios establecidos en el
artículo anterior.
Por ello, teniendo en consideración que la Dirección General de Cooperativas y Economía Social ostenta expresamente las competencias en materia de registro de las sociedades cooperativas, las sociedades laborales y las sociedades agrarias de transformación; así como desde
su creación ha desarrollado las competencias en materia de coordinación, planificación y diseño de la gestión de políticas de economía social, entre ellas, la elaboración de la estrategia
regional de economía social, así como impulsar la cooperación y el diálogo con las organizaciones más representativas de este sector y las subvenciones a las entidades asociativas de
la economía social, con el objetivo final de eliminar las antinomias entre los decretos de estructura de las Consejerías de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de Economía,
Empleo y Transformación Digital, y sin perjuicio de las competencias generales en materia
de empresa atribuidas a la Dirección General de Empresa, procede, por un lado, suprimir las
atribuciones competenciales específicas en materia de economía social de la Dirección General de Empresa y, por el otro, otorgar expresamente a la Dirección General de Cooperativas y
Economía Social las citadas competencias.
Además y respecto del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible se
modifica la denominación del Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería que pasa a denominarse Servicio de Producción Agrícola y Ganadera y
del Servicio de Tramitación y Normativa Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad
pasando a denominarse Servicio de Coordinación Jurídica Ambiental y Económica que responde de un modo más adecuado a las funciones que vienen desarrollando cada una de estas
unidades administrativas.
Por todo ello, a iniciativa de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y
de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a propuesta de la Consejería