Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060542)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental, a la vigilancia de las emisiones industriales y al mantenimiento de la red de medición de calidad del cielo nocturno y contaminación lumínica en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD001.
57 páginas totales
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024
10424
El personal directo empleado por el beneficiario podrá encontrarse en alguno de los siguientes regímenes de trabajo:
a) A jornada completa.
b) A tiempo parcial:
• i.Tiempo parcial con un porcentaje fijo del tiempo dedicado al proyecto por mes.
• ii.Tiempo parcial con un número flexible de horas dedicas al proyecto por mes.
c) Por horas.
Los gastos de personal incluyen:
• Coste bruto del trabajador fijado en el correspondiente contrato de trabajo o decisión
de nombramiento (para personal funcionario que trabaja en la entidad y que no está
asociado a un contrato de trabajo), o bien fijado por ley.
• Cualquier otro gasto directamente relacionado con los costes salariales asumidos y
abonados por el empleador, siempre que se demuestre que forman parte de la política
habitual de la entidad.
• Los gastos vinculados con salario en especie (vales de comida, antigüedad, aportaciones a planes de pensiones, seguros médicos, etc.) son elegibles, siempre y cuando
estén en línea con la política de la entidad.
• Los gastos relacionados con el pago de vacaciones resultado de las obligaciones contractuales habituales son elegibles. El coste de las vacaciones forma parte del coste
bruto del trabajador.
Las dietas y otros gastos de viaje y alojamiento no pueden ser incluidos en esta categoría
de gasto. Deben incluirse en la categoría “Gastos de viaje y alojamientos”.
5.1.1. Gastos de personal subvencionables.
• Sueldo neto.
• Seguridad Social (cuota obrera y cuota patronal) e IRPF.
• Bajas por enfermedad: en aquella parte que supone un coste no recuperable para la
entidad beneficiaria.
Jueves 22 de febrero de 2024
10424
El personal directo empleado por el beneficiario podrá encontrarse en alguno de los siguientes regímenes de trabajo:
a) A jornada completa.
b) A tiempo parcial:
• i.Tiempo parcial con un porcentaje fijo del tiempo dedicado al proyecto por mes.
• ii.Tiempo parcial con un número flexible de horas dedicas al proyecto por mes.
c) Por horas.
Los gastos de personal incluyen:
• Coste bruto del trabajador fijado en el correspondiente contrato de trabajo o decisión
de nombramiento (para personal funcionario que trabaja en la entidad y que no está
asociado a un contrato de trabajo), o bien fijado por ley.
• Cualquier otro gasto directamente relacionado con los costes salariales asumidos y
abonados por el empleador, siempre que se demuestre que forman parte de la política
habitual de la entidad.
• Los gastos vinculados con salario en especie (vales de comida, antigüedad, aportaciones a planes de pensiones, seguros médicos, etc.) son elegibles, siempre y cuando
estén en línea con la política de la entidad.
• Los gastos relacionados con el pago de vacaciones resultado de las obligaciones contractuales habituales son elegibles. El coste de las vacaciones forma parte del coste
bruto del trabajador.
Las dietas y otros gastos de viaje y alojamiento no pueden ser incluidos en esta categoría
de gasto. Deben incluirse en la categoría “Gastos de viaje y alojamientos”.
5.1.1. Gastos de personal subvencionables.
• Sueldo neto.
• Seguridad Social (cuota obrera y cuota patronal) e IRPF.
• Bajas por enfermedad: en aquella parte que supone un coste no recuperable para la
entidad beneficiaria.