Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060542)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental, a la vigilancia de las emisiones industriales y al mantenimiento de la red de medición de calidad del cielo nocturno y contaminación lumínica en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD001.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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ANEXO III
NORMAS JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DEL CONVENIO
1. B
 ase normativa.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1060 de disposiciones comunes.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1058 FEDER.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1059 Cooperación Territorial Europea.
Los Reglamentos anteriores establecen la siguiente jerarquía con respecto a las normas de
subvencionabilidad:
1) N
 ormas establecidas en los Reglamentos.
2) N
 ormas establecidas por el Comité de Seguimiento para categorías de gastos no incluidas en los Reglamentos.
3) N
 ormas nacionales del Estado Miembro del beneficiario para cuestiones no reguladas ni
en los Reglamentos ni por el Comité de Seguimiento.
2. C
 onsideraciones generales.
Para que un gasto sea considerado subvencionable debe cumplir los siguientes requisitos
generales:
• Debe estar directamente relacionado con la ejecución de las acciones aprobadas para la
operación.
• Debe ser necesario para la consecución de los objetivos previstos. Cuando los gastos no
se estimen necesarios o se consideren excesivos, se eliminarán de la base de cálculo o
se ajustarán en el momento de su justificación.
• Debe cumplir los criterios de eficiencia, economía y eficacia.
• Las operaciones no podrán seleccionarse para recibir ayuda si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de la firma del Convenio, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos.
• Debe ser verificable: debe existir constancia documental de su realización, pago y contabilización, así como del proceso de contratación en su caso. En relación con los justifican-