Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060583)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de secadero de cereales, selección de semillas y procesado de almendras, titularidad de Comercial Agropecuaria, SAT, ubicado en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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terminación de las acciones para la mejora continua de la eficiencia en el uso de los
recursos.
— Identificación y aplicación de una estrategia de seguimiento adecuada con el fin de
aumentar la eficiencia de recursos, teniendo en cuenta el consumo de energía, agua y
materias primas.
9. A
 demás, en caso de que derivasen problemas asociados a la generación de olores la Dirección General de Sostenibilidad podrá requerir al titular de la instalación la realización de
muestreos y análisis de concentración de olor mediante olfatometría dinámica, u otra técnica que cuente con análogo reconocimiento técnico; así como la implementación de medidas correctoras para evitar molestias por olores debidas al funcionamiento de la planta.
10. Se aplicará la MTD 15: Periodicidad de medición de olores. Técnicas de reducción (limpieza y mantenimiento). La Industria está ubicada en una zona Industrial. No se emplean
sustancias que puedan generar malos olores. No existen quejas por molestias de olores
de la industria.
Se lleva a cabo un programa de limpieza de los equipos e instalaciones para control de
olores.
- c - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las emisiones
contaminantes al dominio público hidráulico.
1. Conforme a la documentación aportada junto con la solicitud de AAI, no se prevé la generación de efluentes de aguas residuales distintos a las aguas fecales, procedentes de los
servicios higiénicos y vestuarios, o de las aguas pluviales caídas en el emplazamiento. Estas últimas, según proyecto, se prevé canalizarlas del punto de vertido a desagüe agrícola,
previa autorización de vertidos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
2. Las aguas residuales de aseos y servicios se enviarán a fosa estanca para su almacenamiento hasta retirada por gestor conforme al capítulo -a-.
3. L
 os vertidos de aguas residuales, directos o indirectos, a dominio público hidráulico requieren la autorización del órgano competente para su autorización de conformidad con la Ley
de Aguas.
4. E
 n referencia al informe en materia de vertidos emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, en el mismo se indica lo siguiente:
• Si las aguas pluviales van a contaminarse por la actividad del centro agroalimentario
previamente a su incorporación al dominio público hidráulico, Comercial Agropecuaria,