Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2024060627)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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motivos de exclusión si fuese el caso.
2. Una vez publicada esta información se podrán presentar reclamaciones a los comunicados
anteriores, durante el plazo previsto en el citado calendario, a través de la secretaría virtual
de la plataforma educativa Rayuela. Sólo será posible aportar documentación relacionada
con admisión al procedimiento y/o exenciones, en el periodo de reclamación de admitidos
y excluidos al proceso. Durante este periodo sólo se podrán modificar los siguientes datos
de la solicitud:
a) Datos de las tasas.
b) Datos de la prueba: idioma y adaptación por discapacidad.
c) Consignar mejoras de calificación sobre exenciones ya solicitadas en esta misma convocatoria.
3. T
 erminado el plazo de reclamaciones y revisados todos los casos, se notificará a través de
la secretaría virtual el estado definitivo de la solicitud de aquellas personas para las que se
ha presentado reclamación o se ha aportado nueva documentación o ha modificado datos
de la solicitud.
4. Para las personas que se observe que en el plazo previsto en esta resolución para la notificación del estado de la solicitud no se dispone de dicha notificación en el programa
Rayuela, teniendo el documento justificativo emitido de haberlo presentado en plazo, se
deberá reclamar en este momento de forma presencial en el centro educativo al que se ha
dirigido la solicitud.
5. No será posible realizar reclamaciones por un concepto determinado cuando ya se haya
agotado el plazo establecido para ello según el calendario que aparece en el anexo XI de
esta resolución.
6. En caso de disconformidad con lo anterior, podrá interponerse recurso de alzada ante la
Delegación Provincial correspondiente al centro de solicitud quien resolverá. Dicha resolución, que será motivada, pondrá fin a la vía administrativa.
Decimoquinto. Exenciones de la prueba de acceso a Grado Medio.
1. Las personas interesadas en las exenciones a que hacen referencia los apartados siguientes
deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción y acompañar, en su caso, la documentación que lo acredite, sin perjuicio de lo determinado en el punto 4 del decimotercero
apartado de esta resolución.